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En 2036, gubernatura de Veracruz iniciará el 30 de septiembre

La reforma, propuesta por el diputado Juan Javier Gómez Cazarín, debe ser avalada por la mitad más uno de los 212 ayuntamientos del estado

En 2036, gubernatura de Veracruz iniciará el 30 de septiembre

Xalapa, Ver.- A partir del año 2030, la administración del Gobierno del Estado de Veracruz iniciará el 30 de septiembre, de acuerdo con una reforma aprobada este miércoles 31 de julio por diputadas y diputados del Congreso de Veracruz.

Además, la legislatura del estado será instalada cada 1 de septiembre y el gobernador en turno deberá presentar su informe de gobierno cada 10 de septiembre, según el dictamen aprobado con 43 votos para reformar los artículos 21, 25, 26, 44 y 49 de la Constitución Política del Estado.

Las modificaciones deben ser validadas por la mitad más uno de los 212 ayuntamientos del estado de Veracruz y serán aplicadas para las diputadas y diputados locales a partir de 2017 y para la persona gobernadora desde 2030.

El diputado local plurinominal y presidente de la Junta de Coordinación Política (Jucopo) del Congreso de Veracruz, Juan Javier Gómez Cazarín, fue quien presentó la iniciativa de reforma a la Constitución Política del Estado.

Según la reforma, la gobernadora electa Rocío Nahle García ejercerá el cargo desde el 1 de diciembre de 2024 hasta el 30 de noviembre de 2030 y la persona que sea elegida gobernadora de Veracruz en los comicios de ese año asumirá el cargo del 1 de diciembre de 2030 al 29 de septiembre de 2036.

Así, quien le suceda a la entonces persona gobernadora, iniciará su sexenio a partir del 30 de septiembre de 2036.

¿Qué pasará con el Congreso del Estado?

Las diputados y los diputados locales que sean elegidos en los comicios de 2027 iniciarán su período legislativo a partir del 5 de noviembre de ese año y concluirán funciones el 31 de agosto de 2030. La siguiente legislatura será instalada el 1 de septiembre ese año.

El primer período de sesiones ordinarias del Congreso de Veracruz se celebrará entre el 1 de septiembre y el 15 de diciembre y será prorrogable por quince días, en el año de renovación de la gubernatura, en tanto que el segundo período se llevaría a cabo del 1 de abril hasta el 30 de junio.

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